LAS PUERTAS DEL INFIERNO HUBIERAN PREVALECIDO SI EL PAPA FUESE HEREJE, INSOSTENIBLE SUPUESTO


 

S.S. Léon XIII

Satis Cognitum

«Por el contrario, el verdadero poder de que hablamos está declarado y afirmado con estas palabras: “Y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella”.

“¿Qué es decir contra ella? ¿Es contra la Piedra sobre la que Jesucristo edificó su Iglesia? ¿Es contra la Iglesia? La frase resulta ambigua. ¿Será para significar que la Piedra y la Iglesia no son sino una misma cosa? Sí; eso es, a lo que creo, la verdad; pues las puertas del infierno no prevalecerán ni contra la piedra sobre la que Jesucristo fundó la Iglesia, ni contra la Iglesia misma”. He aquí el alcance de esta divina palabra: La Iglesia apoyada en Pedro, cualquiera que sea la habilidad que desplieguen sus enemigos, no podrá sucumbir jamás ni desfallecer en lo más mínimo.

“Siendo la Iglesia el edificio de Cristo, quien sabiamente ha edificado su casa sobre Piedra, no puede estar sometida a las puertas del infiernoéstas pueden prevalecer contra quien se encuentre fuera de la piedra, fuera de la Iglesia, pero son impotentes contra ésta”. Si Dios ha confiado su Iglesia a Pedro, ha sido con el fin de que ese sostén invisible la conserve siempre en toda su integridad. La ha investido de la autoridad, porque para sostener real y eficazmente una sociedad humana, el derecho de mandar es indispensable a quien la sostiene

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PREGUNTAMOS: ¿Qué son, entonces, las puertas del infierno? SON LAS HEREJÍAS, según la infalible enseñanza de la Iglesia, eterna instrucción de sentido único, perpetuo, inmutable e intachable: «Tenemos en cuenta lo que fue prometido acerca de la Santa Iglesia y a Aquel que dijo que las puertas del infierno no prevalecerán contra ella (por ellas entendemos como las lenguas mortales de los herejes).» 
—SU SANTIDAD VIGILIO, Segundo Concilio de Constantinopla. Fin de cita.

VOLVEMOS A PREGUNTAR: Entonces, la promesa divina del «no podrá sucumbir jamás ni desfallecer en lo más mínimo» ¿Qué implica exactamente? Implica, justamente, que NINGÚN ROMANO PONTÍFICE PUEDE DESVIARSE DE LA FE CAYENDO EN HEREJÍA, en razón del que el término «desfallecer» significa DISMINUCIÓN (RAE), siendo tal merma o falta de fe (conjunción de definiciones doctrinales) el sucumbir ante las puertas del infierno, las herejías:

«A favor de él [Pedro] el Señor confiesa haber orado, cuando dice en el momento de la pasión: Yo he rogado por ti, Pedro, para que NO DISMINUYA TU FE. Y tú, cuando te hayas convertido, CONFIRMA A TUS HERMANOS (Lc. 22,32), indicando claramente con esto que SUS SUCESORES NO SE DESVIARÍAN NUNCA DE LA FE CATÓLICA, sino que más bien llamarían a los demás y confirmarían también a los vacilantes, concediéndoles por eso la potestad de confirmar a los demás, hasta imponer a los demás la NECESIDAD DE OBEDECER.»
—SU SANTIDAD INOCENCIO III, Apostolicæ Sedis Primatus.

ÚLTIMA DUDA: Estando claro que herejía y papado son de naturalezas excluyentes e inconciliables ¿Qué es la herejía? «Si alguien después de haber recibido el Bautismo, conservando el nombre de cristiano, NIEGA PERTINAZMENTE alguna de las verdades que han de ser creídas con fe divina y católica O LA PONE EN DUDA, ES HEREJE.»
 —SU SANTIDAD BENEDICTO XV, Codex Iuris Canonici, Canon 1325, §2.

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CONCLUSIÓN

Ante el uso de la reiterada falacia herética de sostener que las puertas del infierno son el CUMPLIMIENTO DE LA PROFESÍA ESCATOLÓGICA, que implica:

  • ·       la quita del Santo Sacrificio de la Misa por el advenimiento de la abominación para la desolación (elección de un hereje como Papa, Bula Cum Ex Apostolatus Officio);

  • ·       la inevitable aplicación de la antedicha Bula: NULIDAD ABSOLUTA E INSALVABLE de la elección de un hereje como Pontífice Romano;

  • ·       la caída de la totalidad del clero en apostasía general por su adhesión y reconocimiento de la luciferina doctrina del conciliábulo del Vaticano II;

  • ·       por ende, que estos clérigos hayan dejado de ser ministros católicos por carencia de la Potestad de Jurisdicción, cargo u oficio eclesiástico y su natural imposibilidad de ser Ministros Legítimos de los Sacramentos y la Predicación1, que de manera conjunta con el transcurso natural del tiempo y que, por fe divina y católica, sólo esté autorizado el Romano Pontífice canónicamente electo para sus respectivas restituciones, impidiendo su retorno en tal carácter (de clérigo católico/legítimo);

  • ·       la usurpación de los templos, congregaciones, órdenes, asociaciones, comunidades, cultos, etc.;

  • ·       la quita del Katejón/el Papado para el advenimiento del anticristo personal y sus sucesores;

  • ·       las nulidades prescriptas divinamente para el presente tiempo de Sede Vacante en la Vacantis Apostolicæ Sedis, Constitución Apostólica para tiempos de Sede Vacante;  

Que hayan ocasionado la realización del profetizado ACONTECIMIENTO APOCALÍPTICO: LA ESPOSA/LA IGLESIA YENDO Y HABITANDO EN EL DESIERTO, no en las catacumbas donde comenzó a crecer una vez nacida del Sacratísimo Costado de Nuestro Señor Jesucristo, a la espera de la gloriosísima parusía, la Segunda Venida de Nuestro Divino Redentor, para juzgar vivos y muertos en aquel último día en el Juicio Universal, vencer total y definitivamente a lucifer, a su impostura y engaño universal personificado en la Ramera Conciliar del Vaticano II haciéndose pasar por la Esposa.

Contrariamente, que las puertas del infierno no hayan predominado sobre la Iglesia se debe a que ella misma se apoya absolutamente siempre en su Fundamento inalterable, Pedro y sus sucesores canónicos, tanto en Sede Plena como en Sede Vacante2, donde su Primado perpetuo de potestad de Jurisdicción prevalece firmísimamente incólume en su legado doctrinal y disciplinar —impidiendo con fuerza apostólica y divina que un hereje se convierta en Pontífice Romano— cuyo Primado indefectible decanta en la ejecución y desarrollo actual de la profecía escatológica.

Lo antes expuesto no es un camino sin salida, es la única vía católica (por ende, estrecha) y armoniosa con la divina voluntad formalmente manifestada en el legado del Primado Papal, en donde se cumplen sus designios para estos tiempos postreros. Lo demás es cisma, non serviam luciferino y puro capricho y sentir humanos.

«Como observamos en la introducción, el Apocalipsis tiene, en sus 404 versículos, 518 citas del Antiguo Testamento, y llama la atención de los expositores el hecho de que, no obstante la coincidencia de la escatología apocalíptica con la del Evangelio y las Epístolas, y haber escrito Juan 30 años más tarde, no haya referencias expresas al Nuevo Testamento ni a las instituciones eclesiásticas nacidas de él, ni a los presbíteros, obispos o diáconos de la Iglesia, cosa que confirma sin duda su carácter estrictamente escatológicoSe han hecho manifiestos: es decir, ahora son visibles y evidentes
 —MONS. STRAUNBINGER, Sagrada Biblia, comentario 3080 sobre el libro del Apocalipsis.


REFERENCIAS:

[1] Sacrosanto, Ecuménico y Dogmático Concilio de Trento, Sesión XXII, Canon VII In Fine.

Ad Apostolorum Principis Sepulcrum, Su Santidad Pío XII.

[2] «Durante el tiempo de la vacante, la Iglesia permanece firmemente establecida, que es fruto del ejercicio del primado. [...] Durante el tiempo del asiento vacante, la Iglesia y su unidad permanecen firmemente en su lugar con el EJERCICIO PREEXISTENTE DEL PRIMADO, así como la ley y providencia actual de Cristo, que prohíbe la transformación de la monarquía en gobierno colegiado o la disolución de la una Iglesia en varias autocefalias. [...] Extraída de la influencia dinámica del papado, más pronto que tarde SE CONVIERTE FATALMENTE EN DESINTEGRACIÓN Y DIVISIÓN, ya sea en el protestantismo quebrado o en la desintegración del autocefalismo nacional en el orientalismo.» —Timotheus Zapalena S.J., De Ecclesia Christi, Año 1954, página 336.

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POR DERECHO/MANDATO DIVINO, UN ROMANO PONTÍFICE NO PUEDE SER HEREJE

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LOS VERDADEROS ROMANOS PONTÍFICES CANÓNICAMENTE ELECTOS
-DE SAN PEDRO A PÍO XII-
NUNCA CAYERON EN HEREJÍA

RECONOCER Y RESISTIR AL PAPA
ES CISMA Y HEREJÍA

EL PAPA VIGILIO Y LA QUERELLA DE LOS TRES CAPÍTULOS

EL CASO DE S.S. SAN LIBERIO, DIFAMADO POR LOS HEREJES DE AYER Y HOY

EL CASO DE S.S. JUAN XXII, DIFAMADO POR LOS HEREJES DE AYER Y HOY

EL CASO DE S.S. HONORIO, DIFAMADO POR LOS HEREJES DE AYER Y HOY

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PORQUÉ MONTINI (PABLO 6) FUÉ EL ANTICRISTO PERSONAL Y SUS SUCESORES EN EL MANDO DE LA RAMERA CONCILIAR LE ENCARNAN/ENCARNARON:

SE RESPONDE A OBJECIONES

OBJECIÓN: MONTINI NO FUE EL ANTICRISTO, PORQUE DURANTE SU ÉPOCA SE PODÍA COMPRAR Y VENDER

OBJECIÓN: MONTINI NO ES EL ANTICRISTO PORQUE EL ANTICRISTO DEBE SER UN REY, O UN PRÍNCIPE O UN ESTADISTA

OBJECIÓN: MONTINI NO FUE EL ANTICRISTO PORQUE NO VOLABA COMO SIMÓN EL MAGO, NI HIZO PRODIGIO ALGUNO

OBJECIÓN: MONTINI NO FUE EL ANTICRISTO PORQUE MURIÓ EL 6 DE AGOSTO DE 1978

OBJECIÓN: MONTINI NO ES EL ANTICRISTO PORQUE NO FUE RECIBIDO POR EL PUEBLO JUDÍO

OBJECIÓN: SI MONTINI ES EL ANTICRISTO, NO SE CUMPLEN LAS SEÑALES DE LA PROXIMIDAD DEL JUICIO FINAL QUE CITA EL CATECISMO
DE SAN PÍO V

OBJECIÓN: NO HA HABIDO PERSECUCIÓN SANGRIENTA CON MONTINI

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