122° ANIVERSARIO DE LA ELECCIÓN PAPAL DE SAN PÍO X
Este 4 de Agosto del año
del Señor, conmemoración de Santo Domingo de Guzmán —Apostólico Padre, ruina de
los herejes— se efectúa el aniversario 122° de la ascensión al Trono Petrino de
su Excelencia Reverendísima el Cardenal Giuseppe Melchiorre Sarto, Su Santidad
San Pío X, el último Romano Pontífice santo, quien le sucedió en la elevación a
los altares al mismísimo Papa dominico Su Santidad San Pío V.
Sus más allegados comentaban que el mismo día de haber sido electo, el flamante
Romano Pontífice tuvo en mente desplegar un pontificado que sirviera ad eternum
de sepultura para aquellos errores que habían de dar lugar a la Gran Apostasía
universal y final. Cual católico estadista, supo que ante panorama tan
desolador que había de avecinarse sobre todo el orbe, el recurso que había de
elaborar debía de ser una brillante conjunción dogmático/canónica que asegurara
aquello que NINGÚN CATÓLICO que tenga bien ganada su membresía en el Divino
Redil dejaría de lado, pese a las circunstancias y las renuncias que deba
realizar, LA FE CATÓLICA ÍNTEGRA Y SIN MÁCULA, preciosa simiente sin la cual es
imposible agradar a Dios Uno y Trino, fuente de los Bienes Supremos. Es así,
que el Papa Sarto durante la noche de ese primer Martes de Agosto, proyectó la
confección de un cuerpo canónico que unifique la totalidad útil de los Sagrados
Cánones que se encontraban dispersos en una multitud de Documentos Papales y
Sagrados Concilios, el Codex Iuris Canonici, que si al Corpus Iuris Civilis de
Justiniano se le dio el mote de «gran legado del mundo clásico», a esta
infalible obra codificadora bien le valdría el carácter de monumental y
providentísimo amparo celestial de vocación eterna. A estos 2414 Sagrados
Cánones se suma su vastísimo Legado Pontificio, constituido por un gran número
de alocuciones, documentos, catecismo, discursos, etc., en los que se vislumbra
el carácter eterno de la Fe de Cristo siglo tras siglo, donde se destacan la
Pascendi Domini Gregis, que detalla como es el actuar y pensar de la ralea
modernista que desde Octubre de 1958 hasta la fecha se hace pasar por
«católica».
Su hábil oficio pastoral, no solamente suministró de los medios
dogmático/canónicos para reconocer y anular en su caso a los usurpadores, sino
que además, dispuso de herramientas fáctico/probatorias para poder acusar
oportuna y eficazmente a quienes cedieron ante el espectro herético que
concentra todo los errores de lucifer, el Juramento Antimodernista, del cual no
escapó ninguno de los que tiempo después iban a envolver al orbe con su
humanismo gnóstico/esotérico, asquerosamente vació, superfluo y
sentimentalista, ni más ni menos que la fe del anticristo montiniano. De allí,
el encuadre totalmente asequible entre el Canon 1325, §2 (concepto de herejía y
compatibilidad con el comportamiento pertinaz/pertinaciter de los antedichos)
de lugar a la aplicación del Canon 188, §4 (pérdida del oficio por renuncia
tácita sin necesidad de ulterior sentencia).
A nadie sorprenda entonces, el porqué la pestilencia conciliar
vaticano-segundista hizo cuanto pudo para inútilmente «derogar» el Codex,
suprimir el Juramento y despreciar cuanto nos ha legado con su Suprema, Plena y
Divina Autoridad el bienaventurado apóstol San Pedro en la persona de San Pío
X.
¡San Pío X, grandísimo Pontífice, martillo de los modernistas, ilustrísimo
codificador canónico, patrono de quienes edifican cristianamente para recibir
el Pan Angelical, fervoroso mariano, espada del mundo vanidoso, modelo de
santidad virtuosa, protector de la Esposa en tiempos de Sede Vacante, anatema
de los intrusos usurpadores de la potestad de Jurisdicción y de las Sagradas
Órdenes, férreo defensor de la Supremacía Pontificia a perpetuidad, rogad por
nosotros!
«Por tanto, cuando se ama al Papa, no se discute sobre qué dispone o exige, NI
HASTA DÓNDE DEBE LLEGAR LA OBEDIENCIA, y EN QUÉ COSAS HAY QUE OBEDECER; cuando
se ama al Papa, no se dice que no habló con la claridad suficiente, como si se
viera obligado a repetir al oído de todos lo que muchas veces expresó
claramente su voluntad no sólo verbalmente, sino con cartas y otros documentos
públicos; SUS ÓRDENES NO SON CUESTIONADAS, citando el fácil pretexto de quienes
no quieren obedecer, que no es el Papa quien manda, sino quienes lo rodean; el
campo en el que puede y debe ejercer su autoridad no está limitado; La
autoridad del Papa no precede a la autoridad de otras personas, sin embargo sabios
que no están de acuerdo con el Papa, que si son sabios no son santos, porque
quien es santo NO PUEDE ESTAR EN DESACUERDO CON EL PAPA.»
—SU SANTIDAD SAN PÍO X , Ai Sacerdoti Dell'unione Apostólica.
JOSÉ AUGUSTO
CECCARELLI
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